El Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo establece LIMITACIONES AL REPARTO DE DIVIDENDOS para aquellas compañías que se hubieren acogido a los expedientes de regulación sustentados en la crisis sanitaria, las cuales no podrán distribuir dividendos correspondientes al año 2020, a no ser que devuelvan las cotizaciones