Desaparece la obligación de entregar una copia de los partes médicos de baja, confirmación y alta para la empresa.
Tras la entrada en vigor del Real Decreto 1060/2022 y Orden ISM 2/2023, a partir del pasado 1 de abril el médico del Servicio Público de Salud, de la Mutua o de la empresa colaboradora que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará directamente a la persona trabajadora una copia, sin necesidad de que se le entregue ningún documento a la empresa. Se expedirá por el personal facultativo, inmediatamente después del reconocimiento médico de la persona trabajadora, si la duración estimada es muy corta (inferior a cinco días naturales), se utilizará un único parte en el que se hará constar los datos relativos a la baja y la fecha.
El Servicio Público de Salud, la Mutua o la empresa colaboradora, en función de quien lo hubiese expedido, remitirá los datos contenidos en los partes de baja/alta y confirmación al Instituto Nacional de la Seguridad Social por vía telemática de manera inmediata y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente a su expedición.
El INSS comunicará a las empresas por medio electrónico a través del fichero “INSS EMPRESAS”, del sistema de Remisión electrónico de datos (RED), como máximo en el día hábil siguiente al de su recepción en dicho Instituto, los datos identificativos de carácter meramente administrativos relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta emitidos por el personal facultativo del Servicio Público de Salud o de la Mutua referidos a sus trabajadores.
La empresa en la que preste sus servicios la persona trabajadora a la que se refiera la baja médica, transmitirá al INSS a través del sistema RED con carácter inmediato y en todo caso, en el plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir de la recepción de la comunicación de la baja médica.
El incumplimiento de la citada obligación podrá constituir infracción tipificada en el artículo 21.4 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Cristina Viñas López, área laboral Abogados y Consultores
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