El 24 de diciembre de 2025 se publicó en el BOE, el Real Decreto-ley 16/2025 por el que se incluyen diversas medidas tributarias y/o se realizan modificaciones de carácter fiscal que afectan directamente en el ejercicio 2026, las cuales se resumen a continuación.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS
-Se prorrogan los plazos para las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas hasta el 31 de diciembre de 2026.
-Las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2.026.
-A partir del 1 de enero de 2025, se da una nueva redacción a los límites para la aplicación del método de estimación objetiva (módulos) en los ejercicios del 2016 al 2026. Estos límites se prorrogan para el ejercicio 2026.
-El plazo para renunciar a este régimen será desde el día siguiente a la publicación del Real-Decreto Ley 16/2025 hasta el 31 de enero de 2026.
-Estarán exentas de tributación en IRPF las ayudas por daños personales en territorio afectado por los incendios forestales este verano.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
-En este impuesto prácticamente no hay novedades para el ejercicio 2026.
-Se prorrogan durante 2026 la libertad de amortización para aquellas empresas con determinadas inversiones en vehículos nuevos y en aquellas inversiones en instalaciones destinadas como puntos de recarga.
-Se incluyen las inversiones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica o el uso térmico de consumo propio de fuente renovable o en sustitución de fuente fósil.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
-Con efectos 1 de enero de 2025 se prorrogan los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016 a 2026.
-Como medida extraordinaria, se permite presentar desde la publicación de este R.D.-ley hasta el 31 de enero de 2026, la renuncia de la llevada de los libros registro a través de la Sede Electrónica de la AEAT (SII) y baja extraordinaria en el Registro de Devolución Mensual (REDEME) para el año 2026.
IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
-Se fijan los importes máximos de los coeficientes aplicables sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urban, conforme al periodo de generación de valor
OTROS
-Como medida controvertida, se anula la entrada en vigor para el 1 de enero de 2026, del Reglamento Verifactu, siendo previsiblemente obligatorio el 1 de enero de 2027 para las empresas y el 1 de julio de 2027 para el resto.
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Leticia Gilda Golpe, asesora fiscal
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